Personería de Medellín alerta sobre el aumento del 72% en el desplazamiento forzado intraurbano Por: IDEFONSO CARDONA MORENO Jefe Oficina de Comunicaciones y Relaciones Internacionales Y VERA AGUDELO ESTRADA Comunicadora Personería de Medellín La Personería de Medellín alerta sobre el incremento en un 72% de las cifras de desplazamiento forzado intraurbano (DFI) que se presentan en la ciudad, al comparar las declaraciones recepcionadas en 2009 y 2010. Entre enero y septiembre del presente año se recibieron 1.206 declaraciones, equivalentes a 4.469 personas, mientras que en 2009 se recepcionaron en esta Agencia del Ministerio Público 698 declaraciones, lo cual representa un aumento de 508 casos, es decir, un 72%. Cabe anotar que agosto de 2010 es el mes más representativo con el mayor número de desplazamientos (270), respecto a todos los meses de los últimos años. La Personería de Medellín, en su misión institucional de guarda y promoción de los derechos humanos, reitera su papel de neutralidad frente a la garantía de derechos de toda la población, sin distinción de la calidad que las personas tengan en el marco de la conflictividad armada que se presenta en Medellín. Entre las múltiples acciones que realiza la Personería, se encuentra la atención a la población víctima del desplazamiento forzado, por ello debe recibir la declaración juramentada de carácter confidencial que es enviada luego a Acción Social para su valoración. A pesar de que los actores armados ilegales que operan en los barrios son los responsables de este delito de lesa humanidad, Acción Social continúa negando la inclusión en el Registro Único de Población Desplazada (RUPD) de un alto porcentaje de las personas que declaran su desplazamiento, aduciendo entre otros argumentos que los responsables son delincuencia común [1]. Se resaltan los seis eventos de desplazamiento forzado masivo intraurbano, declarados en la Personería durante el 2010, entendiendo por desplazamiento masivo, aquel con más de 50 personas o más de 10 grupos familiares por un mismo hecho:
*Fuente: Agencia Presidencia para la Acción Social **Fuente: Personería de Medellín ***Fuente: Gerencia del Desplazamiento De igual forma, es importante resaltar los siguientes desplazamientos forzados intraurbanos, que si bien no cumplen con el carácter de masivos, son significativos por el alto número de personas vulneradas en sus derechos por un mismo hecho.
*Fuente: Gerencia de Desplazamiento de Alcaldía Medellín, **Fuente: Personería de Medellín En los eventos mencionados anteriormente se han identificado prácticas reiteradas en los hechos que ocasionan el desplazamiento, sin importar la distancia entre los lugares de ocurrencia, como sucedió en el sector de la Galera y el Hoyo de la Comuna 1 en límites con la Comuna 3; en el Barrio Santa Inés de Manrique (Comuna 3), Barrio Aures 2 de la Comuna 7 e Independencias II de la Comuna 13. La Personería de Medellín, a través de la Unidad Permanente de Derechos Humanos (UPDH), ha recibido un gran número de personas (niños, niñas, adolescentes, adultos y personas de la tercera edad) escoltados por la fuerza pública, que llegan a declarar su situación de desplazamiento forzado. Dichas personas son desplazados como consecuencia de la derrota del grupo ilegal que operaba en su territorio. Denunciaron, además, que se presentaron homicidios de integrantes de dicho grupo armado ilegal, generando su desestabilización y debilitamiento. Agregaron, que ha irrumpido un gran número de personas de barrios aledaños, armados con piedras, palos, machetes y cadenas con el propósito manifiesto y expreso de expulsar a las familias residentes en el sector. Finalmente, los declarantes manifestaron que la fuerza pública que hace presencia en el lugar, toma como medida de protección conducir en vehículos oficiales fuera del barrio a las personas con riesgo de vulneración a su integridad física. En algunos casos son los mismos afectados quienes lo solicitan y en otros casos se produce cuando la Policía les informa que no puede garantizar su seguridad y les manifiesta que los acompaña en caso de abandonar el lugar. La Personería de Medellín ha observado que a pesar de los múltiples esfuerzos de la Administración Municipal por la protección jurídica y material de los bienes de los ciudadanos afectados, se han presentado casos donde las personas han sido despojadas de algunos o de todos sus bienes. Además la Entidad, ha evidenciado la desescolarización de los niños, niñas y adolescentes, con el agravante de que al lugar donde arriban, tiene problemáticas de conflicto armado y fronteras territoriales de grupos ilegales. En general, se presenta una vulneración múltiple de derechos como la dignidad humana, l a integridad y seguridad personal, la libertad de circulación, la vivienda, la alimentación, el trabajo, entre otros. Las personas que son desplazadas y declaran esta situación ingresan a la ruta de atención y deben ser atendidas por la Administración Municipal y otros entes nacionales, entre ellos Acción Social. Sin embargo, es la Alcaldía de Medellín quien ha asumido el mayor compromiso presupuestal y programático para la atención integral a la población desplazada, debiendo realizar en este año tres adiciones presupuestales, para un total de 9.371 millones destinados a esta población, con una ejecución actual del 89%. Por el contrario, Acción Social no ha mostrado compromiso con la atención de esta población y en su informe en Julio de 2010, presentado a la Corte Constitucional, solicita levantar el Estado de Cosas Inconstitucionales, declarado en la Sentencia T-025 de 2004 sobre desplazamiento forzado, por considerarlo superado; situación que contrasta con la posición de la Personería de Medellín, l a cual considera que la solicitud realizada por Acción Social no corresponde con la situación de vulneración reiterada de derechos de la población desplazada. Por otra parte, la Personería ha conocido que las personas que no se desplazan, se ven afectadas por la presencia y control territorial de otro grupo armado ilegal, con las implicaciones de riesgo que esto representa. En conclusión, esta Agencia insta a las autoridades a tomar medidas eficaces de protección jurídica y material a las víctimas y a sus bienes, como una garantía de no repetición y revictimización, para incentivar la denuncia de la ciudadanía y el acceso a la verdad, la justicia y la reparación. Así mismo la adopción de medidas contundentes y de corte estructural para prevenir el desplazamiento forzado y evitar la vulneración masiva de derechos humanos. |
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